"Un blog para mujeres, para madres y padres, y para quienes piensan que cuidar a nuestros hijos desde el momento mismo de la concepción implica cuidar a la sociedad toda. Un espacio para informarnos, apoyarnos, sostenernos, para reflexionar, para promover la maternidad conciente, la lactancia, la crianza piel a piel... un sitio para festejar la femeneidad"

lunes, 18 de junio de 2012

OTRA CARA DE LA VIOLENCIA, la violencia obstetrica.

Autora: Paula Napolitano

"Multiplicaré tus dolores en el parto, y darás a luz a tus hijos con dolor" Genesis, 3:16
Hoy me siento a escribirles sobre un concepto relativamente nuevo, y no por ello menos conocido por nuestras madres y abuelas. Hace algunos años la legislacion argentina comenzó a preguntarse por una forma de violencia invisible socialmente hasta el momento, la violencia obstétrica, que sufren miles de mujeres en todo el mundo. Calificar de violencia el maltrato medico durante el embarazo y el parto es motivo de debate internacional desde que la ONU instó a los estados a legislar de manera especifica para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres. De esta manera, en marzo del 2009, se sanciono la ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales. Es decir, puede tratarse tanto del ámbito publico como del privado, un punto muy importante a tener en cuenta. En julio del 2010 esta ley fue reglamentada con el decreto 1011/2010.
Según esta ley se entiende por violencia contra las mujeres "toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito publico como en el privado,basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.Quedan comprendidas las perpetradas por el estado o por sus agentes".
Entonces...¿ la atención al parto puede implicar una forma de violencia?
Claro que si, y esto no ocurre esporádica o silenciosamente. Cuantas veces hemos escuchado de boca de alguna amiga, familiar o colega, experiencias de parto con trato humillante o despectivo por parte del personal, situaciones en las que se infantiliza a la mujer embarazada y se la trata como si no supiera nada de lo que esta sucediendo en su cuerpo.   Sin ir mas lejos, el caso de la beba Luz Milagros, que conmovió a todo el país en los últimos meses, para mi es un claro ejemplo de violencia obstétrica (y mala praxis)
La violencia obstétrica podría resumirse en la apropiación del cuerpo de la mujer y del proceso del parto por los profesionales de la medicina, considerando patológicos todos los partos, convirtiendo a la mujer en paciente, realizando actos médicos sin dar explicaciones  de los motivos de los mismos, de manera rutinaria, al igual que con la implementación de la medicación. La mujer deja de poder tomar sus propias decisiones y se le aplican protocolos de medicación, no necesaria en muchos casos, que aceleran el parto provocando problemas en el proceso natural que podría suceder de forma normal si no se interviniera.
La relación desigual entre el personal de la salud y la mujer en situación de parto es la mayoría de la veces muy evidente. Aunque la madre sea una mujer formada y capacitada, en el momento del parto la mayoría de las mujeres solo esperamos que nuestro hijo llegue al mundo sin ningún problema de salud, y esta preocupación puede traer consecuencias que afecten nuestra integridad física (mediante cesáreas innecesarias, episiotomias de rutina y sin consentimiento) nuestra dignidad (cuando no respetan nuestro pudor, nos retan, o tratan con desprecio, nos atan, o nos usan como material de estudio sin nuestro permiso) nuestra libertad (cuando no respetan nuestras desiciones) o nuestra integridad psicológica (cuando no nos tratan como personas capaces de decidir sobre nuestro cuerpo)
Hace algunas décadas atrás Michel Odent, comenzó a replantear el actual sistema de atención al parto. Sutilezas como retrasar el corte del cordón umbilical o favorecer la inmediata proximidad entre madre e hijo, recomendar la posición vertical para parir, reducir la medicacion solo para cuando fuese necesaria, han mostrado beneficios no solo en la salud de la mujer y el recién nacido, sino también en la constitución del vinculo entre ambos. Separar a los bebes de sus madres sin necesidad es también una forma de violencia institucionalizada que pueden, madre e hijo, vivir de manera traumática.
¿Que dice la ley sobre la violencia obstetrica?
Es "aquella que ejerce el personal de la salud sobre el cuerpo y los procesos productivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la ley 25929".
La organización mundial de la salud recomienda varias practicas en la atención al parto.
  • Permitir a las mujeres que tomen decisiones acerca de su cuidado.
  • Un miembro elegido por la parturienta debe tener libre acceso durante el parto y todo el periodo postnatal.
  • El equipo sanitario también debe brindar apoyo emocional.
  • Libertad de movimiento y posición durante el trabajo de parto y el parto.
  • No hacer episiotomía de rutina.
  • No hacer rasurado y enema de rutina.
  • No hacer monitoreo fetal electrónico de rutina.
  • Permitir toma de líquidos y alimentos durante el trabajo  de parto.
  • Restringir el uso de oxitocina, analgesia y anestesia.
  • Limitar la tasa de cesárea al 10 y 15%.
¿Que se entiende por violencia en el marco de la ley? La ley contempla como trato deshumanizado, "el trato cruel, deshonroso, descalificador, humillante o amenazante, ejercido por el personal de salud en el contexto de la atención del embarazo, parto y posparto, ya sea a la mujer o al recién nacido, así como en la atención de complicaciones de abortos naturales o provocados, sean punibles o no"(D:R: 1011, inciso e) Cabe aclarar que este tipo de violencia no solo puede ser impartida por los médicos, sino que la ley considera personal de salud, "a todo aquel que trabaja en un servicio, se trate de los profesionales o de quienes se ocupan del servicio hospitalario, administrativo o de maestranza", es decir, médicos, enfermeros, parteras, anestesistas, asistentes, hasta el personal de recepción del servicio hospitalario o quienes se encargan de la limpieza y mantenimiento del lugar.
Volvamos a recordar lo que es un verdadero parto respetado. Un parto respetado es aquel en el que se reconoce la capacidad que tiene la mujer para parir a su propio ritmo, en los tiempos que su cuerpo considere necesario, sin intervenciones orientadas a facilitar en muchos casos la labor de los profesionales, es aquel en el que se protege la intimidad de la mujer, se la hace sentir segura y se le reconoce la sabiduría de su cuerpo, que sabe como parir, aunque muchas veces su mente considere que no es capaz de hacerlo; por eso decidir como parir, en que postura hacerlo o bajo qué intervenciones es una decisión que la mujer debe tomar a conciencia, para evitar un parto que luego pueda ser considerado traumático. Y para esto, la clave sigue siendo estar bien informada. Las instituciones del ámbito de la salud publica, privada y de la seguridad social deben exponer graficamente, en forma visible y en lenguaje claro y accesible para todas las usuarias, los derechos consagrados en la ley que estamos haciendo mención. Y las mujeres que se atienden en las referidas instituciones tienen el derecho a negarse a la realización de las practicas propuestas por el personal de la salud de manera rutinaria, y esto no debe repercutir en el trato que reciba a posteriori esa madre que acaba de decidir algo diferente que lo aconsejado por el obstetra. Al contrario, la medicina y los importantes avances que se logran día a día en el ámbito de la misma, deben estar al servicio de la mujer embarazada, la idea no es volver a parir como nuestras abuelas, desdeñando la importancia de la ciencia, pero si devolverle a la misma el lugar que le corresponde, el de intervenir frente a situaciones patológicas. La cultura en la atención obstetrica esta muy arraigada, el cambio de paradigmas es complicado. Insisto, en que lo fundamental para que esto poco a poco pueda ser revertido, es la información. Informate, preguntale a tu partera todas tus dudas, lee, consultale a tu obstetra, hablá con otras madres, con tu propia madre, y con tu abuela, que ya parían en condiciones muchas veces adversas y pudieron igualmente hacerlo. Para que lo que la naturaleza quiso que fuese un proceso de goce físico y emocional, no se transforme en un acto mecánico, en el cual la mujer deja de ser la protagonista.
Y recordá siempre que cuando hablamos de  parto dolor no es igual a sufrimiento.

Por último, les dejo el test de violencia obstetrica, una herramienta que pueden consultar todas las mujeres para saber si vos también fuiste víctima de este tipo de  violencia.
 http://www.dandoaluz.org.ar/pdfs/TestdeViolenciaObstetrica.pdf

Mas información en la pagina del Consejo Nacional de la Mujer (autoridad de aplicación de la ley)
http://www.cnm.gov.ar/LegNacional/LegislacionNacional.html



domingo, 27 de mayo de 2012

Semana Mundial del Parto Respetado

Autora: Paula Napolitano

Del 21 al 27 de Mayo
  "Para cambiar al mundo hay que cambiar la forma de nacer" Michel Odent



En el mes de mayo, desde el año 2004, se celebra la semana mundial del Parto Respetado. En ese mismo año en nuestro país, Argentina, se promulga la ley 25.929, Ley de Parto Humanizado, que intenta amparar al recién nacido y a sus padres en el momento del nacimiento. La promulgación de normas que protegen a las mujeres de distintos tipos de discriminación y violencia refleja el reconocimiento por parte del Estado y de la sociedad del trato desigual que ellas reciben. Sin embargo no basta con que los derechos estén consagrados formalmente, necesitamos conocerlos para hacerlos propios. Los derechos no son privilegios ni recompensas otorgadas a unas pocos, si se nos priva de su ejercicio se viola nuestra libertad. El objetivo de declarar mundialmente esta semana como conmemorativa es el de informar a la población sobre los temas relacionados con el embarazo, parto y nacimiento, generar debates y reflexiones al respecto. Porque el ejercicio de nuestros derechos comienza con la información.

Ahora Hagamos un poco de historia...
Hace miles de años, cuando la evolución de las especies incorporó a hombres y mujeres a la posición erecta, se redujo el canal de parto en la mujer y se nos condeno a nacer en estado de prematures. Ya en ese entonces nuestras ancestras descubrieron que la posición en cuclillas o la semierecta era la manera mas exitosa de alumbrar y esto preservo la supervivencia de nuestra especie. Pero hace solo unos pocos cientos de años, se comenzó a despojar a la mujer del conocimiento intuitivo sobre su propio cuerpo, descalificando ese saber e ignorando lo que las parteras o comadronas tenían para aportar. La incipiente medicina ganaba terreno, y se instalaba como el único saber, con el fin explicito de garantizar la sobrevivencia de las mujeres y sus hijos. Así durante siglos intentaron -consiguiendolo muchas veces- sumir a la mujer en la mas histórica ignorancia: el desconocimiento de nuestro propio cuerpo, de nuestro útero, de los movimientos ondulantes que la naturaleza pone a nuestro alcance semejante al del orgasmo que posibilita el descenso doloroso pero a la vez placentero de nuestro hijo al mundo. Disociadas así de nuestro cuerpo y del deseo que lo constituye, no es raro que pese a la masiva aparición de revistas, programas de television, y sitios de internet sobre maternidad, nuestra desinformación sobre lo que realmente ocurre en el parto y nacimiento es casi absoluta. Tampoco es raro que muchas mujeres prefieran ser anestesiadas, que se las abran y que les retiren a sus hijos, manifestando este interés aun antes de haber quedado embarazadas, incapaces siquiera de conectar el acto fisiológico del nacimiento con la mas pura sexualidad humana.
Es nuestra obligación ejercer la sexualidad sin tabúes, sin ser adormecidas, manipuladas, cortadas y tratadas infantilmente, y es nuestro único camino posible para encontrarnos de cara a cara con nuestros hijos recién nacidos, amamantandolos y fusionandonos con ellos tal cual lo hacían nuestras ancestras.
Este mes conmemoremos nuestros derechos, hablemos de ellos, informemosle a una embarazada que puede elegir como dar a luz a su bebe, y entre todas volvamos a formar esas redes, volvamos a tomar el poder que nos otorga nuestro cuerpo y que hemos relegado sin querer darnos cuenta al mas importante sistema económico: el orden medico. Por eso este año el lema de la semana es “El nacimiento y la economía” (¿cuánto vale el nacimiento de nuestros/as hijas/os?). Vale mucho, hagamoslo respetar.

A continuación expongo la ley para que tengamos conciencia de que la vulnerabilidad de este derecho puede y debe ser denunciado.

Parto Humanizado - Ley nacional Nº 25.929
Ley Nacional Nº 25.929
de Derechos de Padres e Hijos durante el Proceso de Nacimiento. Declaración de Interés del Sistema Nacional de Información Mujer, por parte del Senado de la Nación.
Declaración sobre difusión del Parto Humanizado


LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN DECLARA:
Solicitar al Poder Ejecutivo, que a través del organismo que corresponda, inicie dentro de sus actividades una campaña destinada a concientizar a la sociedad, sobre la importancia del acompañamiento de la mujer en el parto por una persona de su elección, y de los beneficios que significa para la salud del binomio madre-hijo.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- La presente ley será de aplicación tanto al ámbito público como privado de la atención de la salud en el territorio de la Nación.
Las obras sociales regidas por leyes nacionales y las entidades de medicina prepaga deberán brindar obligatoriamente las prestaciones establecidas en esta ley, las que quedan incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio.
Artículo 2º.- Toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, tiene los siguientes derechos:
a) A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.
b) A ser tratada con respeto, y de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales.
c) A ser considerada, en su situación respecto del proceso de nacimiento, como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.
d) Al parto natural, respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer.
e) A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.
f) A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
g) A estar acompañada, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, parto y postparto.
h) A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
i) A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
j) A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.
k) A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.
Artículo 3º.- Toda persona recién nacida tiene derecho:
a) A ser tratada en forma respetuosa y digna.
b) A su inequívoca identificación.
c) A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo consentimiento, manifestado por escrito de sus representantes legales, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
d) A la internación conjunta con su madre en sala, y a que la misma sea lo más breve posible, teniendo en consideración su estado de salud y el de aquélla.
e) A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.
Artículo 4º.- El padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:
a) A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.
b) A tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.
c) A prestar su consentimiento manifestado por escrito para cuantos exámenes o intervenciones se quiera someter al niño o niña con fines de investigación, bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
d) A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida siempre que no incida desfavorablemente en su salud.
e) A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.
Artículo 5º.- Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud de la Nación en el ámbito de su competencia; y en las provincias y la Ciudad de Buenos Aires sus respectivas autoridades sanitarias.
Artículo 6º.- El incumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente ley, por parte de las obras sociales y entidades de medicina prepaga, como así también el incumplimiento por parte de los profesionales de la salud y sus colaboradores y de las instituciones en que éstos presten servicios, será considerado falta grave a los fines sancionatorios, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiere corresponder.
Artículo 7º.- La presente ley entrará en vigencia a los SESENTA (60) días de su promulgación.
Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.



La imagen pertenece al cuadro "El parto" El autor es Antonio Carrillo de la Cruz,